Quiero vender mi casa / 26 de julio de 2024

Vender casa para comprar otra. Todo lo que debes saber

Una de las cuestiones que más preocupa a los vendedores son los impuestos que deben pagar tras la venta de su vivienda, sobre todo, si la venden su vivienda habitual para comprar otra, ya que los gastos se convierten en un aspecto crucial en la transacción.

Ya te hemos contado en otros artículos que el impuesto de Plusvalía Municipal ha sido modificado recientemente. Sin embargo, sí deben declarar la venta de su vivienda en la declaración de la Renta y pagar el impuesto pertinente según sus ganancias tras la venta. Es por ello que al vender vivienda habitual para comprar otra se pueden conseguir exenciones en el impuesto para evitar pagos innecesarios.

Para conocer las posibilidades de exención en el IRPF, en primer lugar queremos destacar qué se considera vivienda habitual ante la ley.

¿Qué es considerada una vivienda habitual?

A efectos fiscales, se considera que una vivienda es habitual cuando esta haya sido su residencia permanente durante un plazo continuado de al menos 3 años. Sin embargo, existe la posibilidad de poder vender tu vivienda habitual antes de que transcurran los 3 años siempre y cuando se den una serie de supuestos contemplados ante la ley:

  • El fallecimiento del contribuyente
  • La existencia de circunstancias que exijan el cambio de domicilio, como un matrimonio, una separación, un traslado laboral o el cambio de empleo.

Así, para que la vivienda sea considerada habitual, es necesario que haya sido habitada de forma efectiva y con carácter permanente durante un plazo de 12 meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.

Entonces, ¿Cómo evito pagar impuestos al vender vivienda habitual para comprar otra?

En primer lugar es imprescindible que demuestres legalmente que tus intenciones son invertir el dinero de la venta de tu vivienda habitual en la compra de tu siguiente vivienda.

De esta manera, las ganancias patrimoniales obtenidas de la venta de la primera vivienda pueden resultar exentas cuando el importe total de dicha venta se use en su totalidad en la adquisición de otra vivienda habitual o en la rehabilitación de una vivienda que vaya a serlo.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que en el caso de que la vivienda cuente con una hipoteca, se considerará como importe total obtenido por la venta, el valor de venta del piso menos el dinero de hipoteca que queda por amortizar.

Asimismo, para que la exención del pago del impuesto se haga efectiva, la inversión del pago obtenido por la venta de la vivienda habitual deberá efectuarse de una sola vez o sucesivamente en un periodo que no supere los dos años desde la venta de la vivienda.

Excepcionalmente, cuando la nueva vivienda se adquiera antes de la venta de la vivienda habitual, los dos años se calculan anteriormente a la venta.

Por último, en caso de que el importe de la reinversión fuera inferior al total obtenido en la venta, se excluiría del impuesto la parte proporcional de la ganancia patrimonial.

Si necesitas asesoramiento en todo el proceso de venta de tu vivienda habitual, contacta con nosotros y te acompañaremos en cada paso para que todo salga según lo previsto.

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