El pasado 11 de marzo, el Tribunal Constitucional sentenció la nulidad e inconstitucionalidad de varios artículos de la ley de alquileres en Cataluña, en la cual se limitaba la fijación de precios en los alquileres de las viviendas catalanas por considerar que invade competencias estatales. En este artículo te contamos los motivos y cómo repercute en el mercado del alquiler de vivienda en Cataluña.
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¿Qué establecía la ley 11/2020?
La Ley 11/2020 obligaba a los propietarios de alquileres en las zonas con tensión residencial a congelar o bajar el precio de los alquileres, quedando exentos los arrendadores vulnerables (quienes percibían menos de 2.000 euros mensuales).
¿Por qué se anuló parcialmente la ley de alquileres en Cataluña?
Un año y medio de entrar en vigor la Ley 11/2020, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de leyes relativas a la protección del derecho a la vivienda, el Constitucional ha declarado inconstitucional los preceptos permitían la fijación de límites al precio de los alquileres por ir contra del artículo 149 de la Constitución, el cual reserva al Estado la fijación de las bases de las obligaciones contractuales así como la competencia para establecer los criterios de ordenación general del sector de la contratación privada en aquellos territorios autonómicos que cuenten con legislación propia.
En efecto, limitar la fijación de precios del alquiler de viviendas resultaba un ataque a la propiedad privada, a los futuros arrendatarios y a los inquilinos. Este fue el motivo por el cual el presidente del PP, Pedro Casado fundamentó su propuesta del recurso de inconstitucionalidad.
¿Qué partes de la ley 11/2020 se anularon? ¿Cuáles se mantienen en vigor?
En concreto, se anularon los criterios para declarar áreas tensas de mercado de la vivienda; cómo y con qué criterios se fija la renta; y el régimen sancionador por incumplimientos; el objeto y ámbito de aplicación de la norma; determinación de la renta, del precio de referencia, actualización de la renta, alquiler de pisos nuevos, obras, o la obligatoriedad de que el precio conste en los anuncios; entre otras disposiciones adicionales.
Lo único que se mantiene en vigor después de la sentencia es el procedimiento para la declaración de áreas con mercado de vivienda tenso, así como definición de lo que se consideran áreas con mercado de vivienda tenso.
¿Qué pasa con los contratos ya firmados con la ley 11/2020?
La anulación parcial no tiene efecto retroactivo. Los contratos celebrados con anterioridad a la sentencia del 11 de marzo, se mantendrán en los mismos términos. La ley ahora parcialmente anulada será vigente para los nuevos contratos de arrendamiento.
Estaremos a la espera de la publicación en el BOE para dar mayor alcance sobre los efectos de la anulación parcial de la ley 11/2020. Suscríbete a nuestra newsletter para mantenerte informado de las últimas noticias inmobiliarias en España.
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