A la hora de solicitar una hipoteca, lo primero que se debe saber es los intereses a los que te enfrentas. Los más comunes son el Tipo de Interés Nominal (TIN) y de Tasa Anual Equivalente (TAE), dos conceptos establecidos por el Banco de España y, por tanto, oficiales. ¿No los conoces? Pues toma nota, porque en este artículo vamos a contarte la diferencia entre TIN y TAE en una hipoteca.
A grandes rasgos, el TIN es el porcentaje fijo que se pacta como concepto de pago por el dinero prestado. Indica el tanto por ciento que recibe el banco por ceder el dinero. Mientras que la TAE es la tasa que indica el coste o rendimiento efectivo de un producto. Conocer con exactitud qué implican ambos indicadores en un producto financiero que se vaya a contratar es importante para cuidar la salud financiera.
TIN hipoteca
En esencia, el TIN es el tipo que los bancos utilizan y nos comunican en los contratos de depósitos, imposiciones, préstamos, créditos e hipotecas, y que refleja el pago de intereses por el cambio del valor del dinero en un periodo de tiempo.
El Tipo de Interés Nominal (TIN) es el porcentaje fijo que se pacta como concepto de pago por el dinero prestado. Indica el tanto por ciento que recibe el banco por ceder el dinero.
Por ejemplo, en un préstamo hipotecario el TIN mensual se obtiene sumando el euríbor al diferencial aplicado por el banco.
TAE hipoteca
La TAE se calcula de acuerdo con una fórmula matemática normalizada que tiene en cuenta el tipo de interés nominal de la operación, la frecuencia de los pagos (mensuales, trimestrales, semestrales, etc.), las comisiones bancarias por cancelación o amortización, y los gastos de la operación. Además, habrá que tener en cuenta si hay otros gastos como, por ejemplo, la comisión de apertura.
En el caso de préstamos e hipotecas, la TAE no incluye el cálculo del coste efectivo algunos conceptos, como gastos de notario, o los que pueda evitar en uso de las facultades del contrato; gastos que han de abonarse a terceros, o gastos por seguros u otros productos vinculados al crédito.
La legislación bancaria obliga a las entidades financieras a informar a los clientes y a hacer constar la TAE en distintos lugares, como en los contratos, en la información previa a la contratación y en la publicidad de sus productos, entre otros.
El banco de España cuenta con una calculadora ‘online’ que facilita el cálculo de la TAE en esta dirección: www.bde.es
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